De conformidad con lo señalado en el artículo 13 de la Ley 1636 de 2013, los artículos 46 y 47 del Decreto 2852 de 2013 y los artículo 2.2.6.1.3.2 y 2.2.6.1.3.3 del Decreto 1072 de 2015, los beneficios del mecanismo de protección al cesante, una vez reunidos los requisitos para el acceso a los mismos, NO SE VEN AFECTADOS DE NINGUNA MANERA POR LA FORMA EN QUE FINALIZO LA RELACIÓN DE TRABAJO.