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Pensionados

Te acompañamos paso a paso en el proceso para regresar a Colpensiones, aunque estés a menos de 10 años de cumplir la edad de pensión.

¿Puedo regresar a Colpensiones, aunque esté a menos de 10 años de cumplir la edad de pensión?

    ¿Puedo regresar a Colpensiones, aunque esté a menos de 10 años de cumplir la edad de pensión? Sí, puede regresar al Régimen que administra Colpensiones, gracias al criterio actual que tiene la Corte Suprema de Justicia. ¿Qué debo hacer? Tramitar una demanda ante los jueces laborales para que ordenen su regreso a Colpensiones. ¿Cómo lo hago? Actuar Asesores Laborales S.A.S. le acompaña paso a paso en el proceso. Revisamos su… Leer más »¿Puedo regresar a Colpensiones, aunque esté a menos de 10 años de cumplir la edad de pensión?

    LA PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ DE ALTO RIESGO

      La pensión especial de vejez para actividades de alto riesgo se encuentra actualmente regulada en el Decreto 2090 de 2003[1] y fue diseñada para amparar el riesgo de vejez que corren los trabajadores afiliados al régimen de prima media con prestación definida que ejercen permanentemente una labor que, por la peligrosidad que le es inherente, e independientemente de las condiciones en las que se ejecute, les ocasiona un desgaste orgánico prematuro, reduciendo su expectativa de vida saludable, u obligándolos a retirarse de las funciones laborales que desempeñan. Conoce más acá.

      TRASLADOS Y RÉGIMEN DE TRANSICIÓN PENSIONAL

        ¿Qué ocurre con el beneficiario del régimen de transición pensional, cuando ha efectuado el traslado desde el “régimen público de pensiones hacia el régimen privado de pensiones”? Averígualo acá.

        TUTELA PARA EL RECONOCIMIENTO DE PENSIONES

          La acción de tutela, en principio no puede ser usada para el reconocimiento y pago de pensiones, sin embargo, la postura de la Corte Constitucional admite excepciones. Conoce en que casos puedes usar esta herramienta jurídica.