Saltar al contenido

SALAS DE LACTANCIA

Por medio de la Ley 1823 de 2017, se desarrolla la norma contenida en el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo, adoptándose la estrategia de Salas Amigas de la Familia Lactante en el ámbito laboral.

Conoce sobre las nuevas medidas de protección a la lactancia en el ámbito laboral:

Entre los aspectos más relevantes de esta nueva estrategia, encontramos:

1. Es obligación de todo empleador público adoptar la estrategia.

En el caso del sector privado, la estrategia aplicará siempre y cuando tenga un capital igual o mayor a 1.500 SMLMV o tenga más de 50 trabajadores mujeres.

2. Los empleadores adecuaran en sus instalaciones, un espacio acondicionado y digno para que sus trabajadoras en periodo de lactancia, puedan extraer y conservar su leche materna, durante la duración de su jornada laboral, bajo normas técnicas de seguridad, salud e higiene.

3. La implementación de la anterior estrategia, no exime al empleador para reconocer y garantizar a sus trabajadores el disfrute de la hora de lactancia, pudiendo disponer la madre si se desplaza a su lugar de residencia o la ejerce en su lugar de trabajo.

4. En el caso de las empresas privadas, si la misma cuenta con más de 1.000 trabajadores, dispondrá de 2 años para adecuar sus instalaciones, por el contrario, si cuenta con menos de 1.000 trabajadores, el plazo será de 5 años.

5. El Ministerio de Hacienda, determinará beneficiarios, alivios o incentivos tributarios, para las empresas privadas que deban adoptar la estrategia.

¿Ya estableciste la estrategia de Salas Amigas de la Familia Lactante?

¿Tienes dudas sobre que otras medidas debes adoptar o la documentación requerida?

El equipo de ACTUAR ASESORES LABORALES tiene experiencia para brindarte una asesoría personalizada y preventiva frente a los riegos  y requerimientos jurídicos de tu empresa. contacta y conoce todos nuestros servicios.

¡contacta y conoce todos nuestros servicios!