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Experto jurídico

LA PENSIÓN ESPECIAL DE VEJEZ DE ALTO RIESGO

    La pensión especial de vejez para actividades de alto riesgo se encuentra actualmente regulada en el Decreto 2090 de 2003[1] y fue diseñada para amparar el riesgo de vejez que corren los trabajadores afiliados al régimen de prima media con prestación definida que ejercen permanentemente una labor que, por la peligrosidad que le es inherente, e independientemente de las condiciones en las que se ejecute, les ocasiona un desgaste orgánico prematuro, reduciendo su expectativa de vida saludable, u obligándolos a retirarse de las funciones laborales que desempeñan. Conoce más acá.

    MANEJO DE LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA EN LAS RELACIONES LABORALES

      La existencia de múltiples derechos fundamentales en una misma relación, causa inevitablemente tensión entre los mismos en ciertas circunstancias, como cuando un trabajador, con aparentes síntomas de alicoramiento, no da su consentimiento para la práctica del procedimiento para determinar el grado de alcohol en su sangre (prueba de alcoholemia), o en su aire espirado (alcoholímetro) o en su orina (alcoholuria), el cual solo puede ser practicado con su autorización.

      TRASLADOS Y RÉGIMEN DE TRANSICIÓN PENSIONAL

        ¿Qué ocurre con el beneficiario del régimen de transición pensional, cuando ha efectuado el traslado desde el “régimen público de pensiones hacia el régimen privado de pensiones”? Averígualo acá.